Para los aficionados o con carnet cicloturista se mantiene como límite el municipio, según la modificación de la Orden SND/388/2020. Los horarios no se modifican.
La Federación Ciclismo Región de Murcia en su compromiso de velar por los intereses del deporte ciclista en general y de sus Federados en particular, ha informado sobre la modificación de la Orden SND/388/2020 que regula el deporte federado desde la Fase 0.
En esta modificación que entre en vigor este lunes se incluye en el grupo de deportistas profesionales y deportistas calificados de alto nivel a los de alto rendimiento de las comunidades autónomas. Para el resto de federados que no son del grupo anterior, se permite realizar los entrenamientos dentro de los límites de la provincia en la que tengan su residencia. Las franjas horarias siguen siendo las mismas (entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas), pudiendo entrenarse dos veces al día.
Las comunidades autónomas y ciudades autónomas podrán ahora modificar los horarios del deporte federado y no federado, pudiendo acordar que las franjas horarias comiencen hasta dos horas antes y terminen hasta dos horas después, siempre y cuando no se incremente la duración total de dichas franjas.
Por el momento, la Federación Ciclismo Región de Murcia junto a la Dirección General de Deportes y Comunidad Autónoma trabajan conjuntamente en la modificación de horarios, aunque de momento quedamos a la espera e informaremos puntualmente de los acuerdos adoptados.
BOE Sábado, 16 de mayo de 2020







