Se define como la participación social en actividades organizadas por el Ayuntamiento, de carácter solidario, libre, sin contraprestación económica y ejecutadas en proyectos específicos.
El Boletín Oficial de la Región de Murcia (BORM) ha publicado el anuncio de la aprobación inicial del Reglamento Municipal de Voluntariado, acordada en la sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Mazarrón celebrada el 24 de junio. Conforme al artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, se abre un periodo de consulta pública para que los interesados puedan examinar el expediente en el enlace oficial, y presentar reclamaciones o sugerencias. Si no se reciben aportaciones, el reglamento se considerará definitivamente aprobado, procediéndose a la publicación de su texto íntegro.
El reglamento, impulsado por la concejalía de Participación Ciudadana, busca fomentar la participación solidaria, canalizando esfuerzos individuales y colectivos hacia proyectos que promuevan el interés general y la cohesión social. Se fundamenta en principios de responsabilidad social, altruismo y creación de una sociedad más solidaria, estableciendo un marco normativo que promueve valores como la tolerancia, la convivencia y el bien común, con el objetivo de mejorar la calidad de vida en el municipio.
El ámbito de aplicación incluye programas de voluntariado organizados directamente por el Ayuntamiento, ya sea en Mazarrón o en colaboración con otras entidades, incluso fuera del municipio. No abarca iniciativas de otras organizaciones, aunque cuenten con apoyo municipal. Los ámbitos de actuación comprenden voluntariado social, ambiental, cultural, deportivo, educativo, socio-sanitario, de ocio y tiempo libre, comunitario e internacional para el desarrollo, cada uno orientado a objetivos específicos como la justicia social, la protección ambiental o la promoción cultural.
El voluntariado municipal se define como la participación social en actividades de interés general organizadas por el Ayuntamiento, de carácter solidario, libre, sin contraprestación económica y ejecutadas en proyectos específicos. No se consideran voluntariado las acciones esporádicas, por motivos familiares o laborales, ni aquellas que sustituyan servicios públicos obligatorios. Las personas voluntarias participarán en el diseño, evaluación y ejecución de proyectos, con derechos como recibir formación, apoyo, seguro contra riesgos, igualdad de trato y reconocimiento por su labor.
Entre los deberes de los voluntarios se incluyen cumplir compromisos, mantener confidencialidad, respetar los derechos de los beneficiarios, actuar con diligencia y seguir normas de seguridad y protección de datos. Para participar, es necesario inscribirse en un registro informativo y solicitar incorporación a proyectos específicos, con posible selección basada en experiencia o disponibilidad. La incorporación se formaliza mediante un acuerdo que detalla tareas, formación, derechos, deberes y causas de desvinculación, como renuncia o incumplimiento.
El reglamento establece que el Ayuntamiento proporcionará la formación necesaria, y la desvinculación puede ocurrir por renuncia, incumplimiento, pérdida de aptitudes o cese del proyecto, con posibilidad de reincorporación si se superan las causas. La Agrupación de Voluntarios de Protección Civil queda excluida, regulándose por sus propios estatutos.







